viernes, 16 de enero de 2009

COMUNICADO DE ASCIZ SOBRE EL DECRETO DEL FISCAL SUPERIOR DE ASTURIAS

El grupo municipal ASCIZ ha recibido en el día de hoy el Decreto ya anunciado en los medios de comunicación del Fiscal Superior de Asturias, D. Gerardo Herrero, por el que se acuerda archivar las diligencias de investigación incoadas en virtud de la denuncia formulada por el portavoz de este grupo municipal.

A la vista del Decreto por el que se acuerda el archivo y en consecuencia no se considera que haya indicios de infracción penal alguna de las denunciadas por esta parte como eran un dto contra la hacienda pública, un dto de falsedad en documento público y un dto de tráfico de influencias, el grupo municipal quiere realizar las siguientes consideraciones:

1. El Sr. Fiscal Jefe no ha realizado todas las diligencias de investigación interesadas por esta parte, y por lo tanto consideramos que la investigación ha sido superficial y no rigurosa, pues se ha quedado en la apariencia formal de la empresa, sin entrar de lleno y con valentía en el fondo del asunto. No ha llamado a declarar sobre los hechos denunciados a los implicados, esto es, a la presunta administradora y nuera del Alcalde, María Virgós Álvarez, ni a D. Gabino de Lorenzo Ferrera, contentándose tan solo con la documentación y aclaraciones que por escrito le han efectuado tanto una como otro. ¿Qué defensor de la legalidad (Juez o Fiscal) se contentaría con la declaración por escrito de cualquier imputado y no con su declaración directa y a presencia judicial y haciéndole las preguntas que el instructor considere sobre la causa y no sobre las que quiera contestar el afectado?¿Es qué al ser el investigado el alcalde de Oviedo tiene patente de corso para actuar ante la Justicia como a él le venga en gana?¿Porqué el Sr. Gerardo Herrero no ha querido preguntarle directamente a Gabino sobre las contradicciones entre la apariencia formal de la empresa, con la que supuestamente no tiene ninguna vinculación y sus declaraciones públicas en los medios durante todos estos años haciendo gala de su actividad ganadera, presumiendo de ganadería equina etc.?. Para el Fiscal, parece ser, que queda justificado la vinculación según sus propias palabras:

“ello sin perjuicio de que se interesara por la marcha de la Sociedad, visitando frecuentemente las instalaciones, dada su afición a los animales de estas características, siendo asimismo irrelevante el hecho manifestado en la denuncia, de que los caballos pasten por una finca propiedad de D. Gabino de Lorenzo Ferrera, sita en Benia de Onís …”.

Nos parece impropia y carente de rigor jurídico esta afirmación, pues la misma parece derivarse de una conversación informal dentro de una relación de amistad entre el instructor y el denunciado.

Por otra parte este grupo había solicitado que se practicara otras diligencias que no se llevaron a cabo como son que:

Se librara oficio a la Asociación Nacional de Criadores de Pura Raza Española con domicilio social en Sevilla, Cortijo de Cuarto (Cortijo Viejo) de Bellavista para que informara porqué forma parte del Consejo Rector de dicha asociación D. Gabino de Lorenzo Ferrera, ya que no es en la actualidad, según manifiesta, ganadero de cría de caballos de pura raza española.

Tampoco se ha practicado otras diligencias interesadas por esta parte como que se recabara el listado de los socios del Centro Ecuestre “El Asturcón”, y propietarios titulares de ganado equino en dicho centro, lo cual debería haberse solicitado al Ayuntamiento de Oviedo, y se contraste dicha información con los contratistas que habitualmente realizan obras o suscriben contratos de obra o servicio público con la administración municipal regida por D. Gabino de Lorenzo Ferrera. Esta prueba que iba dirigida a investigar un posible dto de tráfico de influencias no ha sido investigado en la forma que esta parte interesó, pues únicamente se han recabado datos a hacienda sobre las operaciones de la empresa con terceras personas sin completar la investigación con la comparación de esas terceras personas que tienen relación con la empresa con el LISTADO DE SOCIOS DEL ASTURCON Y DE EMPRESAS CONTRATISTAS CON EL AYUNTAMIENTO DE OVIEDO, Y VER SI SU IDENTIDAD COINCIDIA. Esto es, no se ha investigado si se valía de su condición de Alcalde del Ayuntamiento de Oviedo para beneficiar a la empresa de su propiedad o propiedad de sus hijos, por lo que reiteramos la investigación nos parece incompleta y superficial, y por lo tanto supone un “cierre en falso”, por otro lado, ya anunciado por este portavoz, de la Fiscalía Superior del expediente.

Esta es una primera valoración del Decreto de la Fiscalía con independencia de que nuestros servicios jurídicos están estudiando que pasos adoptar con relación a este asunto, pues aún así nos queda todavía expedita la vía judicial.

Oviedo, 14 de enero de 2008.