DISCREPANCIA CON LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Y PRESENTACION DE RECURSO DE CASACIÓN ANTE EL TRIBUNAL SUPREMO.
Discrepamos totalmente de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias por las siguientes razones:
1.- Existencia de discriminación atentatoria del derecho a la igualdad en la participación en los asuntos públicos de todos los Grupos Políticos Municipales.
En la reducción de las subvenciones económicas a los Grupos Municipales acordada por la mayoría del Ayuntamiento de Oviedo el 15 de enero de 2009 la asignación económica total a los Concejales de la mayoría pertenecientes al Partido Popular se ha reducido un 19,75% quedando fijado su importe en 613.452 euros, lo que significa que el Grupo Popular puede seguir cumpliendo sus funciones, manteniendo incluso diez Concejales con dedicación exclusiva con un sueldo medio anual de 66.000 euros cada uno mientras que la asignación económica al Grupo Mixto se ha reducido en un 95,28% quedando reducida a una cantidad anual de 4.432 euros (369 eur/ mes) lo que supone una dotación económica irrisoria, discriminatoria y despectiva por debajo del mínimo necesario para la existencia y funcionamiento de un Grupo Municipal, sin respeto a ninguna regla equitativa de proporcionalidad y que hace imposible al Grupo Mixto el cumplimiento de sus funciones, lo que transciende del significado económico y atenta contra el derecho político a la igualdad en la participación pública de todos los Grupos Políticos Municipales al exigir ésta una dedicación mínima para hacer posible el estudio de los asuntos municipales y el control de la mayoría de gobierno.
2.-Nulidad del acuerdo de reducción de retribuciones por no incorporar al texto escrito su motivación.
En cuanto a la ausencia de motivación incorporada al acuerdo municipal de reducción de las subvenciones no es suficiente que el concejal perjudicado por el acuerdo haya asistido al debate de los presupuestos y pueda por ello considerarse personalmente informado, sino que es necesario según la doctrina del Tribunal Constitucional, que la motivación se incorpore al texto escrito del propio acuerdo para que pueda ser objeto de revisión judicial por los Tribunales, lo que es obvio que no se ha cumplido en el presente caso.
3.-Existencia de desviación de poder al ser la reducción de las asignaciones económicas al Grupo Mixto una represalia política por la presentación de una querella ante el Fiscal Anticorrupción.
Respecto a la existencia de desviación de poder consideramos que las declaraciones públicas de intenciones de los responsables políticos del Grupo de la mayoría municipal en las mismas fechas en que se propuso la reducción de las subvenciones municipales no son un mero indicio, sino que unidas a los restantes elementos de prueba, son una evidencia demostrada.
4.-De lo acordado por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias se deduce que para ejercer y cumplir las labores de representante del pueblo solo podrían hacerlo aquellas personas que estén provistas de grandes capitales económicos, que teniendo fortunas privadas pudieran disponer del tiempo necesario e imprescindible que requiere esta actividad, máxime en el Ayuntamiento de Oviedo donde la actividad institucional tiene lugar por las mañanas, lo que hace imposible que un grupo municipal con un solo representante con un trabajo externo y sin una dedicación exclusiva pueda ejercer la labor mandatada por el pueblo. Esta sentencia nos retrotrae al S.XIX donde solo los ricos, sostenidos por un gran capital y tierras, podían acceder a la función pública.
5.-El Tribunal Superior de Justicia ha inadmitido prueba documental esencial aportada a los autos del juicio por Ciudadanos por la Izquierda para probar la existencia de discriminación, por lo que el juicio celebrado incurre en una grave nulidad de actuaciones causa de indefensión.
6.-Por todo ello presentaremos en el plazo de diez días hábiles recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
ANEXO.- COMPARACION DE LOS SISTEMAS DE RETRIBUCIONES A LOS GRUPOS MUNICIPALES
1.SISTEMA ANTERIOR DE RETRIBUCIONES DE 26 DE JUNIO DE 2007
Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Oviedo de 26 de junio de 2007 ( después de las elecciones de 27 mayo 2007) se aprobó por la Corporación Municipal el Sistema de Retribuciones e Indemnizaciones de los miembros de la Corporación en cumplimiento de los arts. 73 y 74 de la Ley de Bases de Régimen Local ( f. 9):
A) Dotación económica anual para los grupos municipales que no puede destinarse al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo ni a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial:
-Componente Fijo de la Dotación económica por Grupo: 41.265,33 eur/año
-Componente variable de la dotación económica de Grupo por Concejal: 3.055,75 /año por cada Concejal.
B) Retribuciones anuales a Concejales con dedicación exclusiva:
-Asignación por dedicación exclusiva a un concejal: 49.712,60 /año
-Retribuciones especiales a Concejales con dedicación exclusiva:
-Alcalde( Grupo PP): 84.586,46 eur.
-Concejal de Gobierno de Personal, Economía, Presupuestos, Control y Coordinación y Modernización( Grupo PP): 73.553,20 eur.
-Concejal de Gobierno de Agua, Saneamiento y Medio Ambiente, Empleo y Representación Institucional( Grupo PP): 73.553,20 eur.
-Concejal de Gobierno de Cultura, Deportes y Sociedad Ovetense de Festejos( Grupo PP): 73.553,20 eur.
-Concejal de Gobierno de Urbanismo y Licencias( Grupo PP): 73.553,20 eur.
-Concejal de Gobierno de Educación, Comercio, Mercados, Sanidad y Consumo( Grupo PP): 63.300 eur.
-Concejal de Gobierno de Contratación, Infraestructuras y Autobuses Urbanos( Grupo PP): 57.289,54 eur.
-Concejal de Gobierno de Mantenimiento de Patrimonio, Servicios Internos, Parques y Jardines ( Grupo PP): 57.289,54 eur.
-Concejal-Delegado de Servicios Sociales, Centros Sociales y Centros de Estudio( Grupo PP): 57.289,54 eur.
-Concejal-Delegado de la Zona Rural ( Grupo PP): 57.289,54 eur.
-2 Concejales del Grupo Socialista y 1 del Grupo Mixto: 49.712,60 eur cada uno.
C) Total de las percepciones económicas anuales por cada Grupo Municipal en 2007:
1º.- Asignación económica Grupo PP:
-Concejales con dedicación exclusiva ......................671.257,42 eur.
-Dotación fija Grupo PP............................................: 41.265,33 eur.
-Dotación variable Grupo PP (17 Concejales PP
x 3.055,75 eur) ..........................................................51.947,75 eur.
Total Grupo PP en 2007..........................................764.470,50 eur.
2º.- Asignación económica Grupo PSOE:
-2 Concejales dedicación exclusiva x 49.712,60 €........99.425,20 eur.
- Dotación fija Grupo PSOE......................................... 41.265,33 eur.
-Dotación variable Grupo PSOE (9 concejales
x 3055,75 eur)..............................................................27.501,75 eur.
Total Grupo PSOE en 2007.....................................140.690,53 eur.
3º.- Asignación económica Grupo Mixto:
-1 Concejal dedicación exclusiva.................................49.712,60 eur.
-Dotación fija Grupo Mixto..........................................41.265,33 eur.
-Dotación variable Grupo Mixto (1 Concejal)...............3.055,75 eur.
Total Grupo Mixto en 2007...........................................94.033,68 eur.
2.SISTEMA MODIFICADO DE RETRIBUCIONES DE 2009
Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 15 de enero de 2009 objeto del presente recurso contencioso-administrativo se modifica el sistema de retribuciones e indemnizaciones a los miembros de la Corporación según certificación de la Secretaria 20 enero 2009 (aportada con la interposición del presente recurso contencioso administrativo):
a. Reducción de un concejal con dedicación exclusiva a cada grupo
b. Reducción 10% a los concejales con dedicación exclusiva
c. Reducción 10% de las indemnizaciones por asistencia a órganos colegiados
d. Reducción 90% de la dotación económica por Grupo.
e. Como consecuencia baja en la Seguridad Social del Concejal del Grupo Mixto Sr. Sánchez Ramos.
Como consecuencia el sistema de retribuciones e indemnizaciones a los miembros de la Corporación queda sustituido por el siguiente:
A) La dotación económica anual para los Grupos Municipales se reduce en un 90% por lo que resulta la siguiente:
-Componente Fijo de la dotación económica por Grupo.............................4.126,53 eur.
-Componente variable de dotación económica de Grupo por Concejal.........305,57 eur.
B) Las retribuciones económicas anuales a los Concejales con dedicación exclusiva se reducen en un 10% con el siguiente resultado:
-Asignación por dedicación exclusiva a un concejal: 44.741,34 eur.
-Retribuciones especiales a Concejales con dedicación exclusiva:
-Alcalde: 76.127,81 eur.
-Concejal de Gobierno de Personal, Economía, Presupuestos, Control y Coordinación y Modernización: 66.197,88 eur.
-Concejal de Gobierno de Agua, Saneamiento y Medio Ambiente, Empleo y Representación Institucional: 66.197,88 eur.
-Concejal de Gobierno de Cultura, Deportes y Sociedad Ovetense de Festejos: 66.197,88 eur.
-Concejal de Gobierno de Urbanismo y Licencias: 66.197,88 eur.
-Concejal de Gobierno de Educación, Comercio, Mercados, Sanidad y Consumo: 56.970 eur.
-Concejal de Gobierno de Contratación, Infraestructuras y Autobuses Urbanos: 51.560,58 eur.
-Concejal de Gobierno de Mantenimiento de Patrimonio, Servicios Internos, Parques y Jardines: 51.560,58 eur.
-Concejal-Delegado de Servicios Sociales, Centros Sociales y Centros de Estudio: 51.560,58 eur.
-Concejal-Delegado de la Zona Rural: 51.560,58 eur.
-2 Concejales del Grupo Socialista y 1 del Grupo Mixto: 44.741,34 eur.
C) Total de las percepciones económicas anuales por cada Grupo Municipal en 2009.
1º.- Asignación económica Grupo PP en 2009:
Concejales con dedicación exclusiva ............................... 604.131,65 eur.
Dotación fija Grupo PP..........................................................4.126,53 eur.
Dotación variable Grupo PP (17 Concejales x 305,57 eur)...5.194,69 eur.
Total Grupo PP en 2009................................................. 613.452,87 eur.
Reducción respecto a 2007................................................151.017,63 eur.
Porcentaje de reducción sobre
la dotación anterior(764.470,50 eur)......................................(-)19,75%
2º.- Asignación económica Grupo PSOE en 2009:
1 Concejal con dedicación exclusiva..................................44.741,34 eur.
Dotación fija Grupo PSOE................................................... 4.126,53 eur.
Dotación variable Grupo PSOE (9 concejales
x 305,57 eur)......................................................................2.750,13 eur.
Total Grupo PSOE en 2009................................................51.618,00 eur.
Reducción respecto a 2007............................................89.072,53 eur.
Porcentaje de reducción sobre la dotación anterior (140.690,53 eur)...............................(-)63,31%
3º.- Asignación económica Grupo Mixto en 2.009:
-0 Concejal dedicación exclusiva..........................................0,00 eur.
-Dotación fija Grupo Mixto............................................4.126,53 eur.
-Dotación variable Grupo Mixto (1 Concejal)..................305,57 eur.
Total Grupo Mixto en 2009.........................................4.432,10 eur.
Reducción respecto a 2007.................................................89.601,58 eur.
Porcentaje de reducción sobre la dotación anterior (94.033,68 eur)...........................(-)95,28%
4º.- Según el Edicto de Aprobación definitiva del Presupuesto General del Ayuntamiento de Oviedo para 2009 publicado en el BOPA de 17 de enero de 2009, el Presupuesto asciende a un total de 226.352.000 euros ( ff. 43-45) por lo que el total de las reducciones en las asignaciones de los Grupos Políticos Municipales asciende a 329.691,74 eur que representan el 0,14% del Presupuesto aprobado.