lunes, 5 de abril de 2010

EXPEDIENTE INFORMATIVO "VILLA MAGDALENA".

PORQUE ALGO ASI PODRIA SUCEDER, NOS ADELANTAMOS A LA JUGADA.

Enviado por ASCIZ, el 31/03/2010 al Ayuntamiento de Oviedo.

AL ALCALDE PRESIDENTE DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE OVIEDO.

El pasado 19 de Marzo del año 2010, se celebraba el Pleno Extraordinario y Monográfico para tratar asuntos relacionados con Villa Magdalena.
En el segundo puesto del Orden del Día, “RESPONSABILIDADES DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN POR LAS CONSECUENCIAS DERIVADAS DE LA SOLICITUD DE RETASACIÓN DE LA FINCA “VILLA MAGDALENA”,se voto por unanimidad de todos los presentes (le recordamos este asunto porque Usted no estaba), el siguiente acuerdo:
Se da cuenta de proposición firmada por los 9 Concejales del Grupo Municipal Socialista y por el Concejal de Asamblea de Ciudadanos por la Izquierda y presentada el pasado día 2, que es el siguiente tenor: “El Pleno del Ayuntamiento de Oviedo acuerda instar la incoación del expediente informativo previo a un posible Expediente de responsabilidad patrimonial a los miembros de la Corporación que por dolo o negligencia grave hayan causado daños y perjuicios a ésta por falta de ejecución del acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno celebrada el 27 de Noviembre de 1998 en lo relativo a la consignación del justiprecio expropiatorio de la finca “Villa Magdalena”.
Transcurridos 11 días del citado acuerdo, constatamos que Usted como Presidente de la Corporación Municipal, no ha hecho ningún decreto que ponga en marcha el acuerdo antes citado.
El Concejal que suscribe, le comunica y le reclama, y le exige, que de forma urgente ponga en marcha los mecanismos Jurídicos necesarios (para mas información consultar al Srio. General del Pleno Municipal), que no son otros que el nombramiento de un Concejal Instructor del Expediente y un Secretario/a (Funcionario/a Municipal).
El Concejal que suscribe Roberto Sánchez Ramos, como parte proponente del Orden del Día que aprobó por unanimidad, me ofrezco como voluntario para ocupar el cargo de Juez Instructor del Expediente, quedando a su disposición y sobre todo y fundamentalmente al decreto que debe realizar para poner en marcha la ejecución de los acuerdos plenarios del citado Pleno del 19 de Marzo del 2010.

Contestación del Ayuntamiento, a trabes de la Prensa.

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